Los ERTE podrían penalizar fiscalmente a los trabajadores afectados.

El límite actual para no presentar declaración de Renta por Rendimientos del Trabajo procedentes de un solo pagador se establece en 22.000 euros anuales. Pero este umbral, se reduce a 14.000 euros cuando las rentas provienen de más de un pagador.

Los trabajadores afectados por un ERTE es muy difícil que superen los 22.000 euros anuales de rendimientos del trabajo, ya que la gran mayoría han percibido durante ese paro obligado un 70% de su base reguladora. Sin embargo, si el SEPE es un segundo pagador, es muy probable que dejen de estar exentos de presentación, pues el límite baja a 14.000 euros.

Además de cambiar los umbrales para presentar o no la declaración, los trabajadores tendrán unos desajustes en las retenciones practicadas que también les perjudicarán:

  • Un tipo de retención anterior al ERTE.
  • El SEPE aplica la retención mínima.
  • Una nueva retención al reincorporarse al puesto de trabajo, posiblemente sin ajustar.

Los trabajadores afectados, deberán pagar esta diferencia de retenciones en su declaración de Renta 2020.

Algunas Organizaciones, han solicitado al Gobierno medidas excepcionales, de aplicación sólo para la RENTA 2020 y que afecte únicamente a los Expedientes de Regulación de Empleo motivados por la COVID 19, para que, en este caso, el SEPE no se contemple como un segundo pagador.