Si eres un afectado del Banco Popular, puedes reclamar la devolución de tu dinero hasta finales de agosto.

El 7 de junio de 2017, la Comisión Rectora del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) , acordó adoptar las medidas necesarias para ejecutar la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) en relación al Banco Popular Español, S.A.

Ello supuso que todos los tenedores de valores, acciones y obligaciones de Banco Popular, perdieran todo su dinero.

¿Se puede recuperar la inversión perdida?

Sí, actualmente es un hecho consolidado Banco Popular no reflejó la imagen fiel de sus cuentas, existiendo numerosas resoluciones judiciales favorables que así lo determinan.

La Audiencia Provincial de Barcelona se ha manifestado en este sentido en reiteradas ocasiones estableciendo un criterio favorable a los afectados.

¿Quién puede reclamar?

Toda persona física o jurídica que haya sido tenedora de valores del Banco Popular suscritos desde el 2008 hasta la resolución del Banco en el 2017.

¿Qué se puede reclamar?

Entre los valores que se pueden reclamar están las ACCIONES BANCO POPULAR, OBLIGACIONES SUBORDINADAS, OBLIGACIONES CONVERTIBLES, DEPÓSITOS ESTRUCTURADOS A PLAZO y BONOS BN BPE FINANCIACIONES 6,873%.

¿Hasta cuándo se puede reclamar?

Hasta finales de agosto del 2020. El plazo para reclamar por daños y perjuicios prescribiría el próximo 7 de junio del 2020, pero al haberse interrumpido los plazos procesales por la situación excepcional del coronavirus, dicho plazo se ha ampliado hasta finales de agosto del 2020.

En el caso de emprender una acción de anulabilidad por vicios en el consentimiento, tendríamos plazo hasta el 2021, esto es, 4 años desde la intervención del Banco, sin embargo, es más garantista para los intereses de los afectados acudir a la reclamación por daños y perjuicios y en consecuencia nuestro Consejo es plantear la acción antes de septiembre de 2020.