El 29 de septiembre entra en vigor la Ley de Bienestar Animal que introduce importantes novedades, como el seguro obligatorio para perros.  

 

La Ley de Bienestar Animal, publicada en el BOE de 29 de marzo de 2023, tendrá efectos seis meses más tarde, es decir, a partir del 29 de septiembre.

Obligaciones que impone la ley a las personas que convivan con animales de compañía:

1.- Mantenerlas integradas en el núcleo familiar, siempre que sea posible por su especie, en buen estado de salud e higiene.

2.- Evitar la reproducción incontrolada, vía esterilización. Sólo están autorizados a la actividad de cría, los criadores autorizados.

3.- Evitar que depositen excrementos y orines en lugares de paso habituales, procediendo en todo caso a su retirada o limpieza.

4.- Facilitar los tratamientos veterinarios obligatorios.

5.- Superar la formación en tenencia responsable reglamentada para cada especie de animal de compañía.

6.- Identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los 6 meses de edad, salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

7.- Comunicar a la administración competente la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.

 

Prohibiciones respecto a los animales de compañía:

1.- Practicar mutilaciones o modificaciones corporales permanentes.

2.- Mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por persona responsable.

3.- Mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.

4.- Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos, en el caso de perros, el plazo máximo son 24 horas consecutivas.

5.- Perros, gatos y hurones no podrán venderse en tiendas, solamente podrán venderlos criadores registrados. Los únicos animales que se podrán exhibir en las tiendas serán los peces.

6.- Se prohíben los collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo.

 

Obligaciones específicas para los titulares de perros: 

1.- Los titulares deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros que será gratuito y tendrá una validez indefinida.

2.- Durante toda la vida del animal, su titular deberá mantener un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, sean físicos o materiales. Es decir, ya no se limita la obligación del seguro a los perros de razas potencialmente peligrosas.

El incumplimiento de la contratación del seguro puede suponer una multa que oscila entre los 500 y los 10.000 euros.

Es conveniente que todo aquél que sea titular de un perro, revise su actual Seguro de Vivienda, puesto que muchos de dichos seguros ya incluyen la cobertura de la responsabilidad civil de su mascota.