La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con 9.000 euros la publicación de fotos sin consentimiento.

En efecto, la Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción en el procedimiento Nº PS/00279/2020 al responsable de una web que publicó material fotográfico y otros datos personales de una persona, sin el consentimiento de ésta.

Los hechos:

  • El afectado por la publicación de fotos y otros datos sin su consentimiento, solicitó en el mes de junio de 2019 a la reclamada, vía mail, la supresión de dichos datos.
  • El responsable de la página web hizo caso omiso a dicho mail.
  • En julio de 2019 el afectado interpuso reclamación a la AEPD denunciando:
    • Publicación de fotografías y otros datos personales sin su consentimiento en una página web.
    • Incumplimiento de los requisitos de la normativa de protección de datos en los apartados “aviso legal” y “política de privacidad” de la página.
  • En junio de 2020 la AEPD dio traslado de la reclamación al responsable de la web que nuevamente no contestó.

 La infracción y su sanción:

La AEPD considera que la actuación del responsable de la página web vulnera los artículos 6 y 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y además entiende que dicha actuación es muy grave, imponiendo dos multas:

  • 5.000 euros de multa por la infracción del artículo 6 del RGPD.
  • 4.000 euros de multa por la infracción del artículo 13 del RGPD.

 Conclusión:

A pesar de que está a la orden del día la publicación de fotos e información en internet y en redes sociales, debemos ser muy cuidadosos con todo lo que publicamos puesto que el incumplimiento de la normativa de protección de datos puede acarrearnos importantes sanciones.