Es posible preparar un testamento a la medida de los intereses de cada uno acudiendo a nuestro abogado de confianza y exponiéndole nuestras inquietudes por el futuro de nuestros bienes.Un testamento es el documento que una persona hace en un momento de su vida, mediante el cual dice a quién y de qué manera desea que se repartan sus bienes cuando fallezca.A través de un testamento se establece el reparto de las propiedades, la cuantía a adjudicar a cada persona, las condiciones y modos en que se desea que se organice la herencia; dejándolo todo a una única persona o repartiéndolo en partes específicas (legados). Por ese motivo es mucho más que un medio de distribuir tus bienes cuando falleces, ya que con el testamento también podemos establecer alimentos entre parientes, reconocer hijos no matrimoniales, hacer donaciones y donar órganos, especificar que tus hijos no puedan heredar hasta que alcancen una edad determinada, y un largo etcétera.Si eres padre, un testamento es lo más importante que puedes hacer para asegurarte de que tu hijo quede a cargo de las personas que deseas si algo te sucediese; en dicho documento puedes designar a una persona (tutor) para que se haga cargo de tus hijos en el caso de que tú fallezcas antes de que ellos cumplan la mayoría de edad. También es posible nombrar a un administrador de bienes en beneficio de tus hijos, y a un “albacea” o ejecutor testamentario para que dé cumplimiento a tu última voluntad después de que fallezcas.En ocasiones se teme que el hijo malgaste el patrimonio familiar, otras veces que la herencia llegue a familiares políticos, como la nuera o el yerno, y en la mayoría de los casos, se desea un reparto equitativo entre los hijos que no genere disputas. Los herederos van a adquirir unas determinadas propiedades en el momento del fallecimiento, y eso merece la misma atención que si se comprara algo. Al fin y al cabo se van a “traspasar” los bienes a otra persona y por ello se va a tener que regular la manera de hacerlo; cuanto más detallada sea esa regulación, menos problemas tendrán los herederos.Por todo lo expuesto, resulta aconsejable que hablemos de las herencias con nuestros padres e hijos, pues ello nos permitirá oír las inquietudes de cada uno por el futuro de sus bienes, y en base a ello preparar un testamento, de forma que cuando llegue el momento el heredero no tenga que decidir nada, que le venga todo escrito y bien distribuido para que no deba pensar. Si es posible, debemos dar la herencia ya dividida y adjudicada a cada heredero, evitando que sean ellos los que valoren, repartan y vendan bienes.La opción ideal sería hacer el testamento consensuado con la familia, como un pacto entre todos. No es fácil, pero si se consigue, se garantiza el ahorro de problemas futuros y se evitan desengaños y sorpresas porque “a éste le ha tocado más que a mí”.No se puede generalizar diciendo que el mismo testamento es válido para todos. Cada familia tiene sus características personales y eso lo saben los padres mejor que nadie. Ellos serán los que mejor diseñarán su herencia porque conocen qué hijos podrán compartir unas determinadas propiedades con otros o a cuál de ellos le irá mejor quedarse con el negocio familiar.Por ese motivo, si las circunstancias familiares y patrimoniales cambiasen, habría que modificar ese testamento, teniendo en cuenta que cada vez que se haga uno nuevo se anulará automáticamente el anterior.Por el contrario, sin testamento no hay garantías de que cuando fallezcas tu dinero pase a la gente que deseas, ni de que tus hijos queden a cargo de la persona que tú consideras más idónea para ello. Es más, la falta de testamento podría provocar que la herencia se la llevase la comunidad autónoma.Es incuestionable la importancia de hacer testamento, pero aún más importante es hacerlo en el supuesto de las personas sin descendencia alguna, esto es, cuando no haya hermanos, padres, hijos, primos, sobrinos ni parientes cercanos. En este caso, se debe hacer testamento con toda urgencia, ya que en caso contrario, la herencia irá a parar a la Generalitat de Catalunya.En Catalunya existen figuras muy interesantes que nos ofrecen la posibilidad de diseñar la herencia de acuerdo con nuestros deseos, facilitándonos el camino para conseguirlo. Estas serían, entre otras:

  • los «pactos sucesorios»: que nos permitirán blindar las herencias para que no se puedan cambiar.Podríamos definirlos como aquellos compromisos de dos o más personas sobre el destino de su herencia o de bienes determinados, para el momento de su muerte. Se trata de un contrato en el que varias personas regulan una herencia y se obligan a cumplirlo.

La característica principal del pacto sucesorio es que no se puede revocar de forma unilateral, es decir, que uno solo de los que lo han otorgado no lo pueda revocar nunca. Para poder dejarlo sin efecto se requiere que todos los que otorgaron en su día el pacto sean los que ahora lo decidan revocar. Si fallece alguna de las personas que lo otorgaron, aunque sólo sea una, el pacto jamás se podrá revocar, a diferencia del testamento.

El ejemplo más claro e interesante de pacto sucesorio es el protocolo familiar, instrumento por el que puede regularse la sucesión y continuidad de la empresa familiar, de forma que si afecta a una sociedad mercantil se debe inscribir en Registro Mercantil.

  • los “heretaments”: cuando uno de los que otorga el pacto sucesorio es el heredero de forma irrevocable.

Así, mediante esta figura, no se puede cambiar al heredero que se haya nombrado, porque para ello es necesario que las mismas personas que otorgaron este “heretament” (includo el heredero) se pongan de acuerdo, y vayan de nuevo al notario. Sólo con que una de ellas no quiera, no podrá cambiarse a ese heredero.

  • el “hereu de confiança”: que implicará descargar en otra persona el destino de la herencia.

En este caso, se designa a una persona en el testamento que tendrá todo el patrimonio y se encargará de nombrar al heredero o herederos de la herencia.

Normalmente, quien hace testamento designa en este cargo a aquellas personas que le merecen toda su confianza, y que serán quienes elegirán a los afortunados en la herencia, siguiendo las instrucciones escritas o de palabra del que hizo el testamento.

Es necesario, por tanto, realizar un buen planteamiento del testamento para conseguir preparar correctamente nuestra futura herencia; adoptando aquellas medidas que nos permitan evitar situaciones conflictivas y, especialmente, disminuir al máximo los impuestos que deberán pagar los herederos. Con tiempo y una buena estrategia, el ahorro será considerable.