El pasado 28 de diciembre de 2018 se aprobó la Ley 11/2018, que ha modificado entre otros temas, el reparto de dividendos de las empresas.

Así, entre las modificaciones aprobadas por dicha Ley se incluye la del artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital que trata el derecho de separación del socio en caso de falta de distribución de dividendos.

Este artículo establece que, transcurrido el quinto ejercicio, desde la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil, los socios pueden ejercer el derecho a separación de la misma si no se reparten beneficios. Ello siempre que la sociedad hubiese obtenido beneficios en los tres ejercicios anteriores y se hubiese hecho constar su protesta en el acta de la Junta General.

Ahora bien, el nuevo 348 bis dice que los Estatutos pueden establecer que los socios no tengan derecho de separación en estos casos, es decir, los Estatutos pueden prohibir que un socio se separe de la sociedad por falta de reparto de dividendos.

El modo más fácil de incluir esta prohibición será en el momento de la constitución de la sociedad ya que para modificar posteriormente los estatutos se requiere la aprobación de la totalidad de los socios.

El derecho de separación no surgirá siempre que el total de los dividendos distribuidos durante los últimos cinco ejercicios equivalga al veinticinco por ciento de los beneficios distribuibles en ese mismo periodo.

Además, se establece un listado de sociedades exentas de esta norma:

  • Sociedades cotizadas o sociedades cuyas acciones estén admitidas a negociación en un sistema multilateral de negociación.
  • Sociedades en concurso.
  • Sociedades que hayan puesto en conocimiento de los Juzgados la iniciación de negociaciones para refinanciación o de adhesiones anticipadas a un convenio o la apertura de negociaciones para alcanzar acuerdos extrajudiciales de pago.
  • Sociedades que hayan alcanzado un acuerdo de refinanciación que satisfaga las condiciones de irrescindibilidad.
  • Sociedades Anónimas Deportivas.

Esta ley entró en vigor el 30 de diciembre de 2018.