Se aprueba una nueva ley de Auditoría con los siguientes objetivos:

  • Homogeneizar los procedimientos de trabajo con los del resto de países de la Unión Europea y actualización del régimen normativo.
  • Mejorar el control de calidad de los trabajos de auditoría.
  • Reforzar la independencia de los auditores.
  • Especificar los requisitos de los auditores de entidades de interés público.

NORMATIVA EUROPEASe mantienen las normas internacionales de auditoría adoptadas por la Comisión de la Unión Europea. El único objetivo, en este punto de la nueva ley, es su armonización con respecto a otros países de la Unión Europea.SUPERVISIÓN PÚBLICAEl Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas o ICAC será el organismo encargado de la supervisión de la aplicación de la nueva ley. Englobando entre sus competencias:

  • Realización de investigaciones e imposición de sanciones.
  • Registro de Auditores.
  • Supervisión del cumplimento de formación continuada.
  • Adopción de normas.
  • Control de calidad externo.
  • Cooperación internacional.

En la nueva ley se reafirman las responsabilidades y el deber de secreto de la figura del auditor.INDEPENDENCIASe modifica el contenido del requisito de Independencia que debe tener el auditor, modificando ciertas incompatibilidades, así como añadiendo nuevos conceptos, como por ejemplo el de “red del auditor” relativo a los sujetos vinculados, que limita las incompatibilidades por razones de parentesco.Se pretende mejorar el interés público en los trabajos de auditoría, reforzando la confianza de las personas e instituciones.