Se adoptan y prorrogan importantes medidas que pretenden luchar contra el alza de precios e incentivar el uso de vehículos no contaminantes.

En el BOE de 29 de junio se ha publicado el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

Entre las medidas tributarias aprobadas destacan las siguientes:

  • En el Impuesto sobre el Valor Añadido, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el tipo del:
    • 0% en los productos de primera necesidad como el pan, leche, frutas y verduras, huevos, harinas y quesos
    • 5% en pastas alimenticias y aceites de oliva y de semillas.

No obstante, el tipo impositivo aplicable será del:

    • 4% para los productos de primera necesidad
    • 10% para las pastas alimenticias y aceites,

a partir del día 1 del mes de noviembre de 2023, en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de septiembre, publicada en octubre, sea inferior al 5,5 por ciento.

  • En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se crea una deducción del 15% para la compra de un vehículo eléctrico nuevo. Esta desgravación se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024 y su base máxima de deducción se establece en 20.000 euros.

 

  • En el Impuesto sobre Sociedades se establece una amortización anticipada para la instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos enchufables.

 

Este Real Decreto-ley establece o prorroga ayudas para sufragar el precio de determinados productos energéticos para empresas de transporte por carretera y para productores agrarios, cuya gestión se atribuye a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.