Las empresas deberán protegerlos tanto en aspectos económicos como de información.

El Real Decreto 1/2021 modifica el artículo 60 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y obliga a las empresas, no sólo a informar, si no a prestar de forma expresa ayuda y apoyo a los consumidores considerados vulnerables.

Se especifica que los colectivos así considerados serian:

  • Personas con carencias económicas o en riesgo de exclusión
  • Las personas mayores de 65 años y los menores de edad
  • Sexo
  • Origen nacional o étnico
  • Lugar de procedencia
  • Personas con alergias o intolerancias alimenticias
  • Victimas de violencia de género
  • Familias monoparentales
  • Personas desempleadas
  • Personas con discapacidades
  • Personas enfermas
  • Minorías étnicas o lingüísticas
  • Personas desplazadas temporalmente de su residencia habitual
  • La población migrante o solicitante de protección internacional
  • Cualesquiera otras circunstancias que pueda incidir en generar una desventaja en sus relaciones con el consumo.

Se pretende garantizar tanto la asequibilidad de los productos, bienes y servicios, como la disponibilidad de una información que deberá ser:

  • Clara y comprensible
  • Veraz
  • Formato de fácil acceso
  • Asegurar la adecuada comprensión a todos los consumidores
  • Debe permitir la toma de decisiones de forma sencilla y óptima para el consumidor.

Deberán así, garantizar un formato accesible y proporcionar una asistencia suficiente y necesaria para aquellas personas vulnerables y susceptibles de fraude o estafas.

Esta especial protección se pretende centrar, entre otros, en sectores como el financiero, alquileres de vivienda, transporte o energía.

Se trata de evitar abusos, fraudes, estafas, engaños o indefensión de los consumidores vulnerables.

El objetivo es proteger, no sólo a personas de renta baja, si no a todas aquellas personas con bajo nivel de digitalización o de formación, para igualar aquellas situaciones de desventaja o desprotección de los consumidores.