La Agencia Tributaria ha creado un nuevo servicio, para determinados contribuyentes, mediante el cual se pondrá a disposición un borrador del modelo 303 de IVA a partir de este mes de febrero.

El Suministro Inmediato de Información (en adelante SII) cumplirá en 2020 tres años desde su entrada en vigor. Las empresas que se vieron, desde entonces, obligadas a reportar sus libros registro de IVA de forma continua sin duda llevaron a cabo un esfuerzo importante.

Sin embargo, esta mayor carga administrativa para los contribuyentes no debe limitarse a la “subida” masiva de información. Hacienda dispone a tiempo real de los libros registro de los contribuyentes, y da por buena la información facilitada, por más que posteriormente el contribuyente detecte errores o incluso omisiones, que pueden derivar en sanciones.

Esta nueva herramienta, llamada PRE303-Ayuda modelo 303-SII, estará disponible para determinados contribuyentes que llevan sus libros a través de la Sede Electrónica de la AEAT (SII), en concreto, aquellos contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual –REDEME– que no sean gran empresa ni grupos de IVA. Esta herramienta incluso facilita la consulta de facturas informadas por los proveedores del contribuyente en cuestión.

Se trata de una implementación sin duda limitada, pero que nos da una orientación de cuál es el objetivo final de la AEAT: enviar a los contribuyentes un borrador de la declaración de IVA.

Es importante resaltar que en las Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario publicadas recientemente, se hace mención al SII como una potente herramienta de control de gestión y fraude. La Agencia Tributaria dispone del 80% de la facturación total, por lo que el control no se basará únicamente sobre los obligados al SII.

Es conocido que la Agencia Tributaria ha enviado liquidaciones provisionales de IVA basándose en los datos suministrados al SII, que no eran coincidentes con las autoliquidaciones, que en ocasiones ha derivado en sanciones por no suministrar adecuadamente toda la información. Quizás en un futuro tenga una derivada en otros tributos, como el Impuesto sobre Sociedades.

En resumen, los contribuyentes que reportan al SII deben tomar una actitud proactiva, basada en la revisión de la información enviada en cada uno de los registros, y no esperar así a recibir una notificación. De otro lado, la Agencia Tributaria debería hacer un uso racional de la información, evitando notificaciones que finalmente resultan estériles en el ámbito recaudatorio.