El Tribunal Supremo ha validado el uso de la tasación hipotecaria frente al valor de referencia de Catastro.

En su sentencia de 4 de diciembre de 2024, el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que este método, previsto en el artículo 57.1g de la Ley General Tributaria (LGT), es totalmente válido.

Esta decisión puede tener un gran impacto: muchas revisiones de valor que están pendientes en los tribunales podrían resolverse a favor de Hacienda. Sin embargo, también abre una puerta importante para que los contribuyentes puedan defenderse cuando el valor de referencia sea excesivo.

Cómo impugnar el valor de referencia de Catastro

Los contribuyentes pueden cuestionar este valor por diversos motivos:

  • Errores en la descripción del inmueble: Por ejemplo, si el Catastro recoge una superficie, estado o uso que no se corresponde con la realidad. Si se prueba el error, el valor de referencia se puede reducir.
  • Valor de referencia de Catastro superior al de mercado: los contribuyentes podrán aportar informes periciales que ataquen la forma en que Catastro ha determinado el valor de referencia y pedir su corrección o anulación.

 

Validez de las tasaciones hipotecarias tras el fallo del Supremo

  • El Alto Tribunal otorga plena validez a las tasaciones hipotecarias efectuadas por profesionales, como método fiable y objetivo para determinar el valor de mercado de un inmueble. 
  • El TS descarta las críticas de los distintos Tribunales Superiores de Justicia frente a este método de comprobación, y traslada la carga de la prueba a quien decida oponerse a estas tasaciones, reforzando su utilidad como prueba ante la Administración.

 

¿ Cómo deben actuar los contribuyentes?

  • Las tasaciones hipotecarias con que cuenten los contribuyentes cobran ahora gran importancia como prueba del valor de mercado, frente al valor de referencia de Catastro.
  • Es recomendable presentar esta tasación directamente ante el Tribunal Económico Administrativo- Regional (TEAR), porque Catastro sigue sin reconocerlas de forma general.
  • Si finalmente hay que acudir al TEAR, contar con una tasación hipotecaria será muy útil, ahora que el Tribunal Supremo las respalda.

 

En conclusión, a partir de esta sentencia las tasaciones hipotecarias no sólo servirán para solicitar una hipoteca. Ahora también son una prueba sólida para demostrar el valor real de un inmueble frente al que establece el Catastro. Y si ese valor de referencia es más alto, se podrá impugnar con más fuerza.