La reforma fiscal que entró en vigor el 1 de enero de 2015 se diseñó para una implantación gradual en dos fases, 2015 y 2016.No obstante, el Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico, adelantó parte de la rebaja prevista para 2016.En definitiva, hay que tener en cuenta que a partir de 1 de enero se produce una nueva modificación de las retenciones. Las principales novedades son:

  • Actividades profesionales: Los profesionales aplicarán en sus facturas una retención del 15% con carácter general, cualquiera que sea el nivel de sus ingresos. Asimismo, se aplicará una retención del 7% para los tres primeros años de inicio de actividad profesional.
  • Rendimientos de capital Mobiliario: El tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente 19,5%).
  • Rendimiento de Capital Inmobiliario: El tipo de retención aplicable será del 19% (anteriormente 19,5%).
  • Consejeros y Administradores: El tipo de retención aplicable para consejeros y administradores será del 35% (anteriormente del 37%).

En el siguiente enlace de la AEAT podrán disponer de un cuadro completo de las retenciones aplicables para el año 2016, así como las vigentes hasta la fecha.